Tratar el tema de la “culpa” introduce, de manera inevitable, a la responsabilidad del “hacer”. Todo hacer que se considera indebido produce culpa. Fundados en esto, la culpa consciente puede definirse como el reproche o remordimiento de un hacer indebido. En este contexto, hacer es poner en ejecución algo: pensamiento, actitud, acción o alguna combinación de éstos. Al hacer de manera indebida frente a uno mismo se produce culpa. En el inconsciente de todo ser humano existe la disposición de no faltar a la verdad, a la congruencia, y cuando ello ocurre puede aparecer remordimiento que confirma la conciencia de la culpa; sin embargo, puede haber culpa aun cuando no se perciba de manera consciente y puede inferirse por sus efectos en el comportamiento.
La culpa deja una pesadez diferente aunque emparentada con la tristeza. La tristeza se debe al sentimiento de pérdida, en tanto que la culpa se siente como un peso que gravita en la conciencia. El remordimiento insiste en denunciar que se ha actuado mal o que se ha omitido un acto debido en la circunstancia que se reprocha. El acto indebido externo no agota el mecanismo de la culpa, hace falta atender también a la intención. La culpa se genera desde la motivación del acto indebido y no sólo del acto exterior objetivamente observable. De hecho, un acto imaginado puede producir culpa. La liberación de la culpa ocurre sólo con el perdón y la reparación.
Haber faltado a lo que se esperaba de uno mismo en alguna circunstancia promueve culpa y entonces se hace necesario analizar en su conjunto, de tal suerte que sea posible su remoción y recuperar la reconciliación con los demás y con uno mismo. La culpa es un sentimiento que alerta sobre faltas a los demás y a uno mismo, por lo que se trata de una importante función de adaptación. La culpa puede dividirse en culpa normal y culpa patológica. La normal se funda en razones objetivas, en tanto que la patológica no responde a razones reales.
Como en la culpa jurídica, existe un acto pernicioso consciente y también puede ser inconsciente. Esto significa que la persona que realizó el acto indebido pudo haberlo realizado con plena conciencia o, por el contrario, haber producido daño sin conciencia. Es razonable suponer que en el acto sin conciencia la culpa es mucho más fácil de remover que en el acto consciente.
Toda persona ha aprendido normas que regulan sus actos y aproximadamente a los siete años instala su conciencia moral que en la adolescencia entra en revisión crítica. Aunque posteriormente es posible realizar modificaciones, lo más usual es que la estructura moral permanezca estable durante la vida adulta.
La conciencia de culpa aparece como tentativa para arreglar el acto indebido: sea un acto mal hecho o la omisión de una acción debida. ¿Cómo puede arreglarse un acto indebido? Mediante el perdón y la reparación. Pongamos por caso la siguiente situación ficticia:
En un aula de clase está un estudiante junto a la entrada de la sala que está en penumbra debido a la proyección de una presentación. En ese momento abre la puerta una persona que llega tarde y como viene deslumbrada no puede ver bien, de modo que no percibe que el estudiante le pone el pie con la finalidad de que se caiga, pues le tiene cierto resentimiento. La persona se cae y se rompe la nariz por no haber alcanzado a poner las manos. El estudiante que pretendía que se cayera la persona recién llegada no esperaba que se quebrara la nariz. De inmediato se disculpa ante la persona recién llegada por tener distraídamente su pie en el camino y hacerla caer. Aunque el estudiante recibió la disculpa, su sentimiento de culpa persiste a pesar del perdón recibido. Este hipotético suceso (recreado de un ejemplo de Castilla del Pino, 1981), puede servir para revisar algunos aspectos psicológicos de la culpa.
Existen ofensas en las que el actor no puede aceptar la imagen deteriorada de sí mismo y entonces aparece el mecanismo psicológico de la represión mediante el cual la persona deja de tener conciencia del acto indebido, pero en su lugar aparece una conducta nociva. Es como si mediante ese “castigo” se hiciera pagar el acto indebido realizado con anterioridad. A pesar de procurarse castigo o castigos, la persona puede suponer que se trata sólo de “mala suerte” o algo parecido. En otras palabras, el perdón es necesario por parte del ofendido, es necesario pero no suficiente, puesto que el perdón debe realizarse desde el fuero interno, es decir: perdonarse uno mismo.
En la película de La misión Robert de Niro personifica al protagonista que necesita perdonarse por delitos que ha cometido pero no está en posibilidad de hacerlo hasta que enfrenta a los ofendidos con indefensión, dispuesto a pagar lo que corresponda para los ofendidos. De nada serviría que el sacerdote le perdonara su pecado, pues mientras él no sienta justo perdonarse, no descansará. Cuando los ofendidos lo perdonaron liberan la posibilidad reconciliarse consigo mismo. Pero allí no termina el asunto: es necesario reparar el daño. No puede devolver a la vida a los que asesinó, pero puede dejar de ser como fue y comprometerse de manera activa para que jamás se repita lo que hizo mal. El acto reparador es la clave para liberar la culpa. El perdón en el fuero interno depende de eso. El perdonado (por el ofendido, por un sacerdote o por Dios) no elimina su sentimiento de culpa hasta que se perdone él mismo.
La culpa se produce por el juicio interior en donde contrasta su acto con la norma moral interiorizada. Puede ser que el criterio de una persona sea mucho más estricto o laxo que el de la mayoría y entonces viva culpa anormal, desadaptada, sea por exceso o por quedarse corto. Un acto indebido produce sentimiento culposo o neurosis de repetición que repite como tentativa a tomar conciencia del daño que produce. Un psicópata no experimenta sentimientos de culpa pero sí la compulsión irresistible a repetir el acto indebido.
La culpa puede experimentarse como un sentimiento de pesar que merece castigo (de los demás o de uno mismo) para pagar el mal realizado. Se sabe que aún los enfermos mentales conservan una parte de sí que permanece como testigo de sus acciones aunque sin intervenir, registra el comportamiento y lo enjuicia. Parece pertinente hablar de la existencia de un estado psicobiológico natural que funda la base para el asiento de la estructura moral posterior:
“Lo que es urgente y apremiante que reconozcamos, cada uno de nosotros en particular, es que cada vez que nos desviamos de nuestra naturaleza específica, cada atentado contra nuestra propia naturaleza específica, cada acto malo, se graban sin excepción en nuestro inconsciente y hacen que nos despreciemos a nosotros mismos” (Maslow, 2001: 27).
Más allá de la base moral existe ese sustrato humano que no se puede traicionar sin efectos en el comportamiento. Si bien es posible engañar a los demás, a uno mismo resulta inútil. El mitómano se sabe mentiroso y cuando alguien le toma sus mentiras como verdades, le perturba. La locura misma puede entenderse como tentativa a ponerse a mano de sus deudas.
Castilla del Pino, C. (1981). La culpa. Madrid: Alianza Editorial.
Maslow, A. (2001). El hombre autorrealizado. Hacia una psicología del ser (R. Ribé, trad.
14a. ed.). Barcelona: Kairós.