Percepciones acerca de la educación obligatoria

Resumen
El presente trabajo constituye apenas un ejercicio de sistematización de datos dentro de la perspectiva de la investigación cualitativa. Su propósito es conocer las percepciones que las personas tienen acerca de la educación obligatoria. Para ello se elaboró una sencilla encuesta consistente en dos preguntas abiertas. La encuesta fue enviada por correo electrónico a doscientas personas. Sólo respondieron once, mismas que generaron 95 respuestas: 46 para la pregunta 1, y 49 para la pregunta 2. Tales respuestas fueron organizadas en categorías y subcategorías, de acuerdo con González (1999).

Introducción
A nivel de doxa, existe el referente común de la educación obligatoria, aunque para muchos el concepto, sus dimensiones, sus alcances o sus límites no resulten suficientemente claros como para entender y ejercer la inherente obligación. Con esta base, se pensó en realizar una exploración rápida para conocer la percepción que las personas tienen acerca de la educación obligatoria.

En un primer acercamiento, se revisaron dos documentos fundamentales: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Educación.

El Artículo 3o. enuncia: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado —federación, estados, Distrito Federal y municipios— impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria”.1 Añade: “El Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria y secundaria y normal para toda la República […] [y] considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los distintos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale” (Fracción III). Asimismo, “el Congreso de la Unión […] expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan” (Fracción VIII).

Por su parte, la Ley General de Educación expresa: “Artículo 2. Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables. […] En el proceso educativo deberá asegurarse la participación del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social”,2 y determina quiénes son los detentadores de la obligación manifestada en los siguientes términos: “El Estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria” (Art. 3) y “todos los habitantes del país deben cursar la educación. […] Es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación preescolar, primaria y secundaria” (Art. 4).

Otros aspectos importantes respecto a la educación obligatoria están signados así: “El Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa […] concurrirán al financiamiento de la educación pública y de los servicios educativos” (Art. 25); “las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como al logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja” (Art. 32). Por último, “los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de estudio […] [los cuales establecerán] los propósitos de formación general” (Art. 47, Fracción I); “los contenidos fundamentales de estudio organizados en asignaturas u otras unidades de aprendizaje” (ibid., Fracción II) y “los criterios y procedimientos de evaluación y acreditación para verificar que el educando cumple los propósitos de cada nivel educativo”.

Siendo la educación una preocupación social y gubernamental tan importante, toda vez que mediante ella las nuevas generaciones reciben y reproducen los valores y la cultura de las que les preceden, se tuvo la inquietud de saber cuál es la percepción que las personas tienen acerca del concepto de educación obligatoria.

Material y métodos
Con la pretensión básica de ser únicamente un ejercicio de sistematización de datos bajo la metodología de la investigación cualitativa y no un estudio a profundidad, esta exploración se afilia a lo que se conoce como diseño transeccional o transversal, porque la información de sus resultados consistirá básicamente en lo revelado por una encuesta implementada en un momento único.

El propósito: conocer la percepción que las personas tienen acerca de la educación obligatoria.
Al respecto, se realizaron dos preguntas: 1) ¿Qué significa para ti el término educación obligatoria?; y 2) ¿Qué piensas de la educación obligatoria en México? La encuesta fue enviada por correo electrónico a doscientas personas relacionadas con el ámbito educativo: las primeras 87, profesores de bachillerato de la Universidad de Guadalajara; las otras 115, voluntarios del Programa Nacional de Salas de Lectura, enlace Jalisco.

Respondieron a la invitación un total de 11 personas: 6 de la Universidad de Guadalajara y 5 del Programa Nacional de Salas de Lectura. Entre estos 11 participantes, se generaron 95 respuestas. Corresponden 46 a la pregunta 1, y 49 a la pregunta 2.

Dado lo pequeño del grupo, se decidió tomar todas las respuestas como el universo de trabajo, sin extracción de muestra. Tampoco fueron separados los participantes en subgrupos (UdeG / PNSL), por lo que los datos fueron tratados como pertenecientes a un solo conjunto.

Los datos obtenidos se analizaron de acuerdo con lo propuesto por González (op. cit.) y tomando el ejemplo de Del Río, para informarlos. De este modo, el tratamiento que se les dio fue organizarlos en categorías y subcategorías, y por frecuencias y porcentajes.

notas
1. Ésta y las subsecuentes citas referidas al Artículo Tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fueron consultadas en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf, recuperado el 13 de diciembre de 2010.
2. Ésta y las citas subsecuentes referidas a la Ley General de Educación fueron tomadas de http://www.senado.gob.mx/comisiones/LX/desarrollosocial/content/marco_juridico/nacional/Ley_General_Educacion. pdf, recuperado el 13 de diciembre de 2010.

 

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